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Para conocimiento de todos ustedes, a continuación detallamos una reseña de cómo se ha venido regulando a las casas de empeño, hasta llegar a lo que conocemos al día de hoy:
A partir de junio de 2006 se adicionó a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) el artículo 65 bis que regula la operación de las casas de empeño y hace competente a la Profeco para intervenir en asuntos relacionados con este tipo de operaciones.
Asimismo, a partir del primero de enero de 2008 entró en vigor la norma oficial NOM-179-SCFI-2007, la cual establece los requisitos de información comercial que deben proporcionar las casas de empeño al consumidor, así como la información que debe contener el contrato que le entregarán.
La NOM-179-SCFI-2007 no es aplicable a instituciones de asistencia privada (IAP), toda vez que la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) en su artículo 65 bis aclara que sólo es para personas físicas y sociedades mercantiles.
Por otra parte, el 27 de mayo de 2008 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones de Carácter General a que se refiere la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros en materia de contratos de adhesión, publicidad, estados de cuenta y comprobantes de operación emitidos por las entidades comerciales.
Al respecto, la Profeco, explicó: “Las disposiciones generales permiten que la información sea más clara para el consumidor, pues obliga a los establecimientos a incluir el costo anual total (CAT) en la carátula del contrato, así como todas las comisiones que se cobran como el almacenaje, la comercialización, etc.”.
“Con las disposiciones generales se pretende explicar al cliente el contenido y alcance del contrato de adhesión, a fin de que pueda comparar dónde le sale más barato solicitar su préstamo y dónde le cobran la comisión más alta”.
Lo anterior nos brinda bases para poder explicar a nuestros clientes la esencia del contrato de mutuo que celebramos con ellos y también brinda la seguridad de que somos una empresa seria y apegada totalmente a derecho, buscando siempre proteger sus intereses.
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